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Progresos en lo que respecta a garantizar el acceso adecuado a sustancias sujetas a fiscalización internacional para fines médicos y científicos

Suplemento al informe de la Junta para 2018

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El preámbulo de la Convención Única de 1961 destaca la preocupación de los Estados por la salud y el bienestar de la humanidad. Esta afirmación fundamental es seguida por el reconocimiento del uso médico de los estupefacientes y su papel indispensable en el alivio del dolor para el cual los países necesitan asegurar la disponibilidad y proporcionar la provisión adecuada. Estos principios se reafirmaron en el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 en el que se agregó que, si bien era necesario restringir el uso de sustancias controladas a fines legítimos, su disponibilidad no debería haberse restringido indebidamente. Después de casi sesenta años desde la proclamación oficial, el objetivo de asegurar la disponibilidad aún es difícil de alcanzar en muchos países donde las personas aún sufren o mueren de dolor o no tienen acceso a los medicamentos que necesitan. El desequilibrio en la disponibilidad de analgésicos opioides es particularmente preocupante, ya que los datos muestran que muchas de las afecciones que requieren manejo del dolor, en particular el cáncer, son prevalentes y aumentan en los países de ingresos bajos y medios.

Details:

Agency/Department
International Narcotics Control Board
PDF ISBN
9789210476980
PDF Publication Date
Page Count
44

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