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Las medidas orientadas hacia el comercio de servicios del Acuerdo entre la Unión Europea (UE) y México se inscriben dentro del proceso de liberalización más amplio, el cual ha empezado formalmente a partir de 1995, con la entrada en vigor del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS), después de casi una década de estudios y negociaciones bajo los auspicios del (GATT). El tema de los servicios pasó a ser parte de las negociaciones en mayoría de los Acuerdos de Libre Comercio que entraron en vigor a partir de mediados de los noventa. El presente análisis tiene por fin revisar las disposiciones en servicios del Acuerdo entre la Unión Europea (UE) y México frente a los dos tipos de arquitecturas de acuerdos: el AGCS y el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).