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Además del informe anual de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, la Junta ha decidido publicar su informe sobre la aplicación del artículo 12 de la Convención de 1988, de conformidad con las siguientes disposiciones del artículo 23 de la Convención: '1) La junta preparará un informe anual sobre su labor en el que figure un análisis de la información de que disponga y, en los casos adecuados, una relación de las explicaciones, observaciones y recomendaciones que la Junta desee formular. 2) Los informes de la Junta serán comunicados a las Partes y posteriormente publicados por el Secretario General. Las partes permitirán la distribución sin restricciones de dichos informes.'